Lunes, 4 Marzo, 2013 - 10:36
publicado por equipo@idealista
hacienda ha modificado el sujeto pasivo que paga el iva en las daciones en pago que las promotoras hacen a la banca. hasta ahora las entidades abonaban el iva a las promotoras cuando asumían la propiedad. sin embargo, muchas de éstas no llegan a ingresar esa suma en hacienda dada su delicada situación financiera. el cambio normativo obliga ahora a que los bancos tengan que autorrepercutirse este impuesto
es decir, el marco legal anterior establecía que el sujeto pasivo del iva era el promotor. ahora se ha invertido la figura del sujeto pasivo en la ley del iva 37/1992, por lo que el banco está obligado a ingresar la cuota en hacienda. los abogados indican que este cambio se ha producido porque en el entorno inmobiliario empieza a darse una situación de quebranto para la administración tributaria, en la medida en que se veía obligada a devolver al comprador un iva que no había sido ingresado
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Fuente Link:http://www.idealista.com/news/archivo/2013/03/04/0586387-la-banca-tiene-pagar-el-iva-en-las-daciones-en-pago-de-los-promotores?xts=352991&xtor=RSS-184