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jueves, 11 de abril de 2013

¿qué deducciones e ingresos deben declarar las comunidades de vecinos?

Jueves, 11 Abril, 2013 - 10:38

publicado por equipo's pictureequipo@idealista

los vecinos y las comunidades de propietarios tienen generalmente unos ingresos que declarar (como alquiler o venta de zonas comunes) o bien unos redimientos profesionales y de trabajo que pagar (como el portero, la empresa de limpieza, etc) en la declaración de la renta a hacienda. el colegio de profesional de administradores de fincas de madrid aclara cómo y quién debe tributar en diferentes supuestos:

- el vecino deduce por obras en la comunidad: el vecino podrá deducirse lo abonado por obras en la comunidad en la declaración de este año. entre ellas se incluyen las realizadas en el edificio para mejorar la eficiencia energética; la higiene, salud y protección del medio ambiente; la utilización de energías renovables; la seguridad y la estanqueidad, y la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas y otros suministros. también las que favorezcan la accesibilidad y la instalación de infraestructuras de telecomunicaciones

mientras que las obras ejecutadas en plazas de garaje, jardines, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos similares no son deducibles

- la comunidad declara el alquiler de una zona común: Ley del IVA considera que el arrendamiento de elementos comunes es una actividad empresarial y la comunidad debe tributar. asimismo, la comunidad ingresa las cuantías con iva que luego habrá de liquidar trimestralmente

- el vecino es el que declara por alquiler de la zona común: Las comunidades de propietarios no tienen personalidad jurídica, así que cada propietario, con arreglo a su coeficiente, es el que recibe en esa proporción un ingreso que deberá incluir en su declaración de la renta. La comunidad debe comunicar anualmente a Hacienda estos rendimientos

- la comunidad se puede deducir el arrendamiento: Las cuotas de IVA soportado que la comunidad se puede deducir son las relacionadas directamente con la obtención de los ingresos

- La comunidad declara y retiene por contratos laborales: Cuando la comunidad contrata personal externo, está obligada a practicar e ingresar la retención correspondiente de los profesionales. También por la de sus trabajadores a través de las nóminas
 

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